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UniversidaddeCádiz

Estudiantes Salientes FAQ Covid-19 (Revisión 23/03/2020)

 

FAQS – PREGUNTAS FRECUENTES

 

Revisión: 30 de marzo de 2020

 
1. ESTUDIANTES UCA SALIENTES (CON MOVILIDAD EN UNIVERSIDADES EXTRANJERAS)

Rogamos informéis a la Oficina de Internacionalización, internacionalizacion@uca.es de cualquier cambio en vuestra ubicación o situación, a fin de saber dónde estáis para poder ayudaros en caso de ser necesario.

 

1.1. La Universidad de destino ha cerrado el campus y ofrece clases online ¿puedo regresar a España para poder seguir las clases referidas?

 

Como recomendación general, deben seguirse las indicaciones de la universidad de destino. En caso de regreso temporal a España, sin renunciar a la beca, podría seguir la docencia NO PRESENCIAL, ofrecida por la universidad de destino. Te aconsejamos antes de tomar la decisión de volver a España, que consultes a la universidad de destino, pues deberás ser evaluado allí para poder tener reconocimiento en la UCA de los créditos superados. En caso de decidir volver a España, recomendamos contactar con el consulado para informarte de las posibles restricciones en movimiento y fronteras.

En el caso de querer reprogramar la movilidad para el curso siguiente, y puesto que la universidad de destino ofrece teledocencia, para poder suspender temporalmente la movilidad debes motivar la razón para esta suspensión temporal y obtener la autorización de la universidad de destino, para que esta reprogramación en el siguiente curso sea posible.

En cualquier caso, la ampliación o reprogramación de una movilidad no contará con incremento de la financiación ya concedida.

 

1.2. ¿Qué pasa si la Universidad de destino además de cerrar el campus no ofrece clases presenciales? ¿Podría quedarme allí y esperar que se reabra el campus para las clases presenciales?

 

Como recomendación general siempre seguir las indicaciones de la universidad de destino. Puedes permanecer en el destino, si así lo decides, y siempre cumpliendo las indicaciones de las autoridades locales, académicas y sanitarias, sabiendo que, si no reabre la universidad antes de la finalización del periodo de movilidad, probablemente no podrás pedir reconocimiento de créditos de tu movilidad, siendo la universidad de destino la que debería ofrecer alternativas para conseguir el reconocimiento de créditos en la UCA.

Si quieres reprogramar y prorrogar la estancia el próximo año y ahora volver a España, suspender temporalmente la movilidad, en esta ocasión es posible al no ofrecer la universidad de destino opción de teledocencia, pero sin ampliar la financiación de la beca. Comunica esta suspensión temporal a la UCA. Para volver a España, recomendamos contactar con el consulado para informarte de las posibles restricciones en movimiento y fronteras.
 

1.3 ¿Qué pasos tengo que dar para cancelar Erasmus?

 

Las movilidades más que cancelar hay hablar de suspensión o renuncia. Una vez tramitada la renuncia, no puede volver a activarse la misma movilidad.

En consecuencia, aquellos estudiantes que decidan renunciar a la movilidad internacional y continuar su docencia en la Universidad de Cádiz, deberán comunicar de forma inmediata su regreso, a la Oficina de Internacionalización, para su debida constancia, y realizar los trámites administrativos necesarios para revertir su condición de Erasmus.

Para ello se ha habilitado un CAU para tramitar esta renuncia o cancelación de la condición de ERASMUS

https://cau-rrii.uca.es/cau/grupoServicios.do?id=K47&indiceGlobal=si

Si procede podría aplicarse la cláusula de fuerza mayor. También tendrás que gestionar en la secretaría de tu campus el cambio de matrícula de ERASMUS a matrícula ordinaria.

 

1.4 Quiero volver a España, pero mi universidad de destino no me da información. ¿A quién puedo preguntar aquí?

 

Si no comunican contigo en la universidad de destino, ni tu tutor en universidad de destino ni su Oficina de Internacional entonces contacta con la UCA.

Siempre podrás dirigirte a la UCA, Oficina de Internacionalización, pues estamos a tu disposición para ayudarte en estas circunstancias. Dirígete al correo ERASMUS SALIENTES, erasmus.saliente@uca.es, o al correo de la Oficina internacioalizacion@uca.es

 

1.5. ¿Tengo que devolver la beca si vuelvo a España?

 

Si vuelves a España, y es aplicable la cláusula de fuerza mayor, no tendrás que devolver la beca completa, solo quedarían cubiertos los gastos realizados y justificados por la estancia efectivamente realizada, en las condiciones de concesión de la beca.

 

1.6. ¿Qué quiere decir “fuerza mayor”? Tengo miedo de perder la beca

 

La cláusula de fuerza mayor significa que se interrumpe la movilidad por causa ajena al estudiante, que obliga a suspender la estancia. En este caso la pandemia COVID‐19 se considera fuerza mayor, en los casos donde la institución de destino interrumpe la docencia, o se producen circunstancias que hacen imposible acabar la movilidad en condiciones normales. Especialmente se considera causa de fuerza mayor en las áreas calificadas por SEPIE como de riesgo. Esta causa se aplica si la estancia no ha superado el mínimo financiable, o si no se ha podido iniciar, pero se han incurrido en gastos. En cualquier caso, desde la Oficina de Internacionalización, haremos las oportunas reclamaciones al SEPIE y te asesoraremos, para justificar “a posteriori” los gastos incurridos.

 

1.7. En el caso de querer cancelar mi beca Erasmus porque mi universidad de destino me lo pide, ¿sería posible recuperarla este semestre o el año que viene?

 

En este caso, si es la Universidad de destino la que requiere la interrupción de la movilidad, si el estudiante no renuncia mediante el CAU antes indicado en 1.3, existe la posibilidad de trasladar la movilidad a otro semestre, estando pendiente del procedimiento que defina el SEPIE. https://www.sepie.es/coronavirus.html

 

1.8. ¿Puede la UCA que pagarme el billete de vuelta? No tengo capacidad de pagarlo yo ahora, los vuelos están muy caros.

 

La UCA de sus fondos propios no puede pagar billetes de avión a los estudiantes. Pero sí puede intentar justificar este gasto extraordinario como causa de fuerza mayor ante el SEPIE. Todos estos gastos deben justificarse una vez realizados, y su reconocimiento o no de causa de fuerza mayor se determinará posteriormente por el SEPIE.

 

1.9. Mi familia estaba muy asustada y he vuelto a España. Me gustaría informarme sobre qué hacer. Quiero saber si la UCA tiene alguna solución para nosotros. ¿Si la universidad de destino organiza clases online, podemos seguirlas desde aquí, en España?

 

Si la vuelta a España es transitoria, pero no quieres renunciar a la beca de movilidad, al no incorporarte a la UCA, sigues siendo estudiante de la universidad de destino hasta que finalice el periodo de movilidad inicialmente establecido. Ahora bien, si la universidad de destino, una vez cambie la situación actual, reinicia la docencia presencial, tendrías que volver a la universidad donde estabas desarrollando la movilidad y siempre seguir sus instrucciones.

Si la universidad de destino garantiza la docencia NO PRESENCIAL hasta el final de la estancia, y permite la evaluación NO PRESENCIAL, la UCA reconocería las asignaturas que la universidad de destino certifique como aprobadas.

 

1.10. Cuando estoy en mi universidad de destino, ¿quién me informa sobre lo que tengo que hacer?

 

La universidad de destino es la que tiene que darte instrucciones durante tu estancia allí. Toda instrucción que te den debes comunicarla al coordinador/tutor de tu centro en la UCA. La universidad de destino es la que conoce en detalle la situación local, por ese tienen preferencia las instrucciones que desde allí den.

 

1.11. Me encontraba de Erasmus en el extranjero, pero al ver la situación decidí volverme a España. Quiero volver a estudiar en la UCA ¿Qué tengo que hacer?

 

Para reincorporarte a la UCA sigue el procedimiento extraordinario indicado en 1.3. Mientras que no lo comuniques por el CAU sigues siendo alumno de movilidad y no aparecerás en las actas ordinarias (alumnos sin movilidad).

 

1.12. Estoy haciendo unas prácticas y mi empresa ha cancelado la actividad hasta abril y nos ha recomendado volver a casa. Pero España no acepta vuelos desde mi país de estancia. ¿Existe algún protocolo de actuación por parte de la UCA para estos casos?

 

La UCA no tiene competencias para proceder a repatriaciones, es un tema que depende del Ministerio de Asuntos Exteriores y por tanto de las Embajadas de España y de sus oficinas consulares. Recomendamos contactar con el consulado de España más cercano, y en su caso confirmar si hay restricciones en fronteras y líneas aéreas, antes de iniciar cualquier viaje.

 

1.13. Estoy haciendo ERASMUS prácticas, la empresa ha cerrado ante la crisis del COVID-19, ¿tengo que ampliar la estancia?, ¿se amplía la ayuda económica?, ¿si vuelvo ahora tengo que devolver el dinero gastado?

 

No se podrán cambiar plazos ni condiciones de la práctica, mientras la empresa no lo autorice expresamente. En caso de ampliación de tu periodo de estancia, SEPIE autorizaría la prórroga del periodo, pero sin incremento de la beca. En el caso de interrumpir la estancia, por causa de fuerza mayor, como es que la empresa cierre, la UCA tramitará la reincorporación a tu centro, ver 1.3, y la causa de fuerza mayor a SEPIE para no tener que devolver el dinero percibido mientras se desarrolló la beca.